A partir de esta noche comienzan a regir nuevas medidas que fueron anunciadas por el Gobernador de la Provincia Gustavo Bordet. Conocelas aquí 👇
➡El horario de circulación será de seis a cero horas, quedando restringida entre las cero y las seis horas de cada de día, salvo las personas afectadas a las actividades exceptuadas por artículo 11 del DNU 125/21 y artículo 20 del DNU 287/21.
➡Quedan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.
➡Queda restringida la permanencia de personas en plazas, parques, paseos y espacios públicos, quedando solamente permitida la circulación en dichos lugares.
➡La actividad gastronómica (restaurantes y bares) deberá funcionar entre las 6 horas y las 23 horas de cada día, con un aforo del 30 por ciento de ocupación en espacios cerrados. También están habitadas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio.
➡Los talleres artísticos y academias de danzas se realizarán con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.
➡Los cines, teatros, centros culturales y otros establecimientos afines tendrán un 30 por ciento de aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. Las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 06 y 23 de cada día, a excepción de las que se lleven a cabo en paseos públicos que tendrán la limitante de las 20.
➡Queda suspendida la competencia deportiva, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintos clubes e instituciones, salvo las habilitadas por organismos u organizaciones nacionales.
➡Se permite el entrenamiento y práctica deportiva en clubes y espacios afines con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos.
➡El coeficiente de ocupación de los espacios cerrados de gimnasios se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas correspondientes protocolos.
➡Las actividades culturales y deportivas autorizadas, podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas de cada día.
➡Se permite la realización de celebraciones religiosas de 6 a 21 horas, con un aforo del 30 por ciento en espacios cerrados.
➡Los presidentes municipales y comunales, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de cada jurisdicción, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.